La Suprema Corte de Justicia de la Nación asestó un golpe al intento del gobierno de Puebla por regular y, en los hechos, limitar la libertad de expresión en redes sociales.

El máximo tribunal del país invalidó el delito de “ciberasedio”, una figura impulsada por el gobernador Alejandro Armenta que contemplaba hasta tres años de prisión para quienes “insultaran u ofendieran” a otra persona a través de medios digitales.

La redacción del delito encendió alertas desde su origen: su amplitud permitía interpretar prácticamente cualquier crítica, comentario incómodo o señalamiento como una conducta punible. En un contexto político, especialistas advirtieron que esto abría la puerta a perseguir voces críticas, periodistas y ciudadanos inconformes.

Lejos de proteger a víctimas reales de acoso digital, el planteamiento fue señalado como una herramienta potencial de censura. La ambigüedad del concepto no distinguía entre violencia digital y ejercicio legítimo de la libertad de expresión, lo que, en la práctica, podía traducirse en un mecanismo para silenciar el disenso.

La resolución de la Corte no solo elimina este delito del marco legal poblano, sino que también envía un mensaje claro: las leyes no pueden utilizarse para inhibir la crítica ni para blindar a los gobiernos frente al escrutinio público.

El intento deja una pregunta en el aire: ¿se buscaba realmente proteger a la ciudadanía o acotar las voces incómodas?

Cuando una norma castiga la crítica y no delimita con precisión la violencia, deja de ser una herramienta de justicia, y se convierte en un instrumento de control.